Recientemente el Ministerio de Trabajo expidió la Circular 027 del 26 de febrero de 2026, mediante la cual informa que el registro de la autoevaluación de los estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) correspondientes al año 2025 y el respectivo plan de mejoramiento deberá efectuarse en la página del Fondo de Riesgos Laborales a más tardar el 31 de julio de 2026.
Este registro es aplicable a todas las empresas, empleadores y contratantes así:
- Menos o igual a 10 trabajadores, 7 estándares.
- Entre 11 y 50 trabajadores, 21 estándares
- Más de 50 empleados, 60 estándares.
La falta de reporte o registros incompletos frente a los Estándares Mínimos del SG-SST puede generar multas y sanciones por lo que, aunque solo tenga 1 o 2 trabajadores debe implementar sistema y cumplir con los estándares mínimos.
Téngase en cuenta además que las autoevaluaciones y planes de mejoramiento deben remitirse a la Administradora de Riesgos Laborales para revisión y recomendaciones y las ARL deben informar al Ministerio si una empresa no cumple con el registro.
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