La Superintendencia de Sociedades cumple un rol limitado y reglado en los procesos de liquidación voluntaria. Su intervención no es automática ni directa, y solo ocurre en los casos específicos establecidos por la ley.
¿Cuándo interviene la SuperSociedades?
La intervención de la entidad se da en situaciones excepcionales, entre ellas:
- Nombramiento del liquidador, cuando:
- La sociedad está sometida a vigilancia y no se logra acuerdo entre los socios para su designación.
- Aparecen nuevos bienes después de terminado el proceso de liquidación, o si el liquidador omitió adjudicar bienes inventariados. En este caso, cualquier asociado o acreedor registrado puede solicitar el nombramiento.
- En sociedades, sucursales o empresas unipersonales vigiladas que entren en causal de disolución por depuración del RUES o se presuman inoperativas (conforme al artículo 144 de la Ley 1955 de 2019). Cualquier persona con interés legítimo puede solicitar a la Entidad el nombramiento del liquidador.
- Aprobación del inventario patrimonial, en casos como:
- Sociedades sometidas a vigilancia o control (anónimas, en comandita por acciones y sucursales extranjeras).
- Cuando los activos no cubren el pasivo externo de la sociedad.
- Si existen pasivos por pensiones de jubilación, bonos o títulos pensionales, al momento de terminar operaciones en el país o disolverse.
Otras funciones de la SuperSociedades relacionadas con la liquidación voluntaria:
- Mediación de conflictos: La entidad puede actuar como mediadora ante controversias entre socios minoritarios, acreedores u otros terceros interesados, a través de su Centro de Conciliación.
- Imposición de sanciones: Puede imponer multas o sanciones a administradores o liquidadores que incurran en omisiones, negligencia o violación de la ley, según lo dispuesto en el Código de Comercio (arts. 255 y 256) y la Ley 222 de 1995.
En síntesis, la Superintendencia de Sociedades actúa como un garante del cumplimiento legal, con funciones sancionatorias y de mediación, pero no dirige ni controla directamente el proceso de liquidación voluntaria, salvo en los casos claramente previstos por la normatividad vigente