El Registro Único de Proponentes (RUP) es el registro administrado por las Cámaras de Comercio en Colombia que permite acreditar, de manera estandarizada y pública, la información necesaria para que una persona natural o jurídica pueda participar como proponente en procesos de contratación estatal. En la práctica, el RUP sirve como un instrumento de verificación previa, a través del cual se consulta la capacidad jurídica, financiera, organizacional y la experiencia de la sociedad. Cabe precisar que no todas las sociedades están obligadas a contar con RUP, sino únicamente aquellas que pretendan contratar con el Estado en procesos donde este sea exigido como requisito habilitante. Sin embargo, en procesos privados puede ser solicitado o consultado. 

De manera especial, el componente de experiencia refleja los contratos ejecutados por el proponente, clasificados conforme al Clasificador de Bienes y Servicios (UNSPSC), y permite verificar la idoneidad técnica del oferente frente al objeto a contratar.  

En cuanto a los plazos, la inscripción puede realizarse en cualquier momento, pero la renovación debe efectuarse anualmente, por regla general a más tardar el 7 de abril; de no realizarse oportunamente, el registro pierde efectos y el proponente queda inhabilitado para participar en procesos de selección hasta su reactivación. 

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