Teniendo en cuenta la reciente modificación al Código Sustantivo del Trabajo y/o reforma, Ley 2466 de 2025, el Ministerio de Trabajo expidió la circular externa 0083 del 18 de julio de 2025, dirigida a empresas y empleadores del sector privado, con el fin que puedan implementar adecuadamente lo determinado en el artículo 21 de la ley, que modificó el artículo 81 del Código Sustantivo del Trabajo, redefiniendo así el contrato de aprendizaje.

Es importante que las áreas de recursos humanos entre otros: identifiquen todos los contratos vigentes y nuevos según fecha de firma para aplicar correctamente las reglas de transición de la norma; actualizar las nóminas para incluir retroactivos por prima de servicios de finales de junio 2025; revisar la clasificación de los aprendices en la Planilla Integral de Liquidación de Aportes y generación de tipo de planilla que corresponda; realizar ajustes en tipos de cotizante; garantizar afiliación completa a seguridad social en la etapa práctica; revisar manuales de contratación y formación para preservar el carácter educativo del contrato; controlar y reportar en el SGVA del SENA los contratos.

La implementación debía generarse antes del cierre de julio 2025, en caso de tener dudas relacionadas o requerir validar que lo realizado se encuentre acuerde, recuerde que en nuestro equipo jurídico contamos con expertos listos para acompañarle en las implementaciones de la reforma laboral.

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