El pasado 25 de junio de 2025, fue expedida la Ley 2466, un hito fundamental que marca la entrada en vigor de la esperada Reforma Laboral en nuestro país.
Esta nueva Ley tiene por objeto principal modificar el Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 50 de 1990, la Ley 789 de 2002 y otras normativas laborales. Trae consigo ajustes significativos que impactarán directamente tanto a empleadores como a trabajadores del sector privado y algunas relaciones del sector público.

A continuación, le presentamos los aspectos más relevantes que debe conocer:

  • Modalidades de Contratación: El contrato a término indefinido será el contrato principal. El contrato a término fijo no podrá ser superior a 4 años y no podrá renovarse indefinidamente. Los contratos por obra o labor determinada se entenderán a término indefinido cuando no se cumplan sus requisitos formales.
  • Procedimiento Disciplinario Reforzado: Se establecen pasos detallados para aplicar sanciones, incluyendo comunicación formal, indicación de hechos, traslado de pruebas, un término no inferior a 5 días para la defensa del trabajador y la posibilidad de impugnar la decisión. Las empresas deberán actualizar su Reglamento Interno de Trabajo en los próximos 12 meses.
  • Horas extras: No se requerirá permiso del Ministerio de Trabajo para laborar horas extras, aunque deberá el empleador llevar un registro de horas extras generadas por sus trabajadores.
  • ¡Cambios en Horarios y Recargos!
    • Jornada Nocturna: El trabajo nocturno ahora se extiende desde las 07:00 p.m. hasta las 06:00 a.m. (¡Ojo! Esta previsión entraría en vigor seis (6) meses después de la sanción de la Ley).
    • Recargo Dominical/Festivo: Se incrementa progresivamente el recargo por trabajo en días de descanso obligatorio, alcanzando el 100% sobre el salario ordinario. La implementación será gradual desde el 1º de julio de 2025 con un 80%, y un 90% a partir del 1º de julio de 2026, para llegar al 100% a partir del 1º de julio de 2027.
  • Menos Barreras, Más Inclusión: Se establecen cuotas de contratación para personas con discapacidad en empresas con más de 100 trabajadores y se refuerzan las prohibiciones de discriminación laboral.
  • Aprendices SENA: Se establecen más derechos y mayores costos para empresas:
    • Ampliación de Derechos: Los estudiantes del SENA en prácticas ahora contarán con aportes pensionales.
    • Aumento de Sueldos (apoyos de sostenimiento): Pasarán del 50% al 75% del salario mínimo en el primer año (etapa de estudios), y del 75% al 100% del salario mínimo en la etapa productiva (segundo año).
    • Reconocimiento Laboral: La ley les otorga expresamente carácter laboral a las prácticas, lo que implica el reconocimiento de derechos como prima, cesantías y vacaciones.
    • Multas Más Altas: Las empresas que incumplan la cuota de aprendices deberán pagar una sanción que aumenta de 1 a 1.5 salarios mínimos por cada cupo no contratado. ¡Se elimina la excepción por no disponibilidad de practicantes por parte del SENA!
  • Teletrabajo y Conciliación Familiar: Se regulan y adicionan nuevas modalidades de teletrabajo (autónomo, móvil, hibrido, trasnacional, temporal o emergente) y se establecen licencias remuneradas para atender citaciones judiciales, administrativas y legales, así como obligaciones escolares como acudiente.
  • ¡Atención con Contratistas y Subcontratistas! Se reitera la responsabilidad solidaria del beneficiario de la obra o servicio con el contratista por salarios, prestaciones e indemnizaciones.

¿Por qué es Importante para Usted?
Esta Ley busca modernizar y dignificar las relaciones laborales en Colombia. El desconocimiento de estas nuevas disposiciones puede generar riesgos legales y sanciones para los empleadores, mientras que para los trabajadores representa la ampliación o claridad de sus derechos.
Nuestro equipo está listo para brindarle la asesoría especializada que necesita para comprender a fondo estas modificaciones y asegurar el cumplimiento de la nueva ley.

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