¿Sabía que su empresa puede brindar a los accionistas la libertad de elegir cómo recibir sus dividendos, ya sea en efectivo o en acciones liberadas? Esto va más allá de la obligación legal y representa una estrategia innovadora para satisfacer las preferencias individuales de sus inversores. Al ofrecer esta flexibilidad, su compañía no solo mejora la relación con sus accionistas, sino que también puede retener capital para futuras inversiones al incentivar la reinversión en la propia empresa.
La clave está en cómo se aprueba la propuesta en la asamblea. Aunque el Código de Comercio (Artículo 455) permite el pago total en acciones liberadas con el voto favorable del 80% de las acciones representadas (obligando a todos, incluso ausentes o disidentes), la ley también abre la puerta a una alternativa. Si no se logra esa mayoría, la sociedad puede ofrecer la opción a cada accionista individualmente: quienes acepten, recibirán acciones liberadas, y quienes no, recibirán su dividendo en efectivo. Es decir, la posibilidad de dar a elegir a cada accionista no requiere un quórum decisorio especial más allá de la aprobación general de la distribución de utilidades.
Ofrecer esta dualidad de opciones no solo es viable legalmente, sino que convierte la distribución de dividendos en una estrategia adaptada a las necesidades de sus inversores. Para entender cómo implementar esta flexibilidad y qué implicaciones tiene para su empresa, contáctenos. Nuestro equipo experto le guiará para que sus decisiones de pago de dividendos sean tan estratégicas como rentables.