El Ministerio de Hacienda ha expedido el Decreto 572 del 28 de mayo de 2025, introduciendo cambios significativos en las tarifas de autorretención y las bases para la retención en la fuente, efectivos desde el 1 de junio de 2025. El Gobierno busca anticipar el recaudo del impuesto de renta del año 2026, pero esto implica ajustes inmediatos para su negocio.
En autorretención, prepárese para nuevas tarifas: sectores como extracción de oro y gas natural, y generación eléctrica, ahora tendrán un 4.5%. La construcción verá tasas de hasta 3.5%, y el transporte de carga un drástico aumento al 3.5% desde respecto al 1.1% anterior.
En cuanto a la retención en la fuente, se reducen las bases para no practicarla: en servicios, el umbral baja de 4 a 2 UVT (aprox. $100.000), lo mismo acontece con el umbral para compras generales que baja de 27 a 10 UVT (aprox. $500.000). Para productos agropecuarios, el límite se fija en 70 UVT (aprox. $3.486.000). En la venta de vivienda, la tarifa del 1% ahora solo cubre las primeras 10.000 UVT (aprox. $497.990.000), lo que incrementa la retención en transacciones mayores.
Estas medidas han generado fuerte controversia. Líderes gremiales y exfuncionarios alertan sobre el impacto en el flujo de caja empresarial, un posible aumento en la inflación de alimentos, y el riesgo de desfinanciamiento fiscal para 2026 al adelantar recaudos, en varios casos los medios de opinión y expertos han calificado el Decreto 572 como una «reforma tributaria encubierta».
El Decreto 572 es una realidad y sus implicaciones son inmediatas. Ante un panorama tan complejo y controversial, la asesoría experta es indispensable. Permítanos analizar el impacto específico en su empresa y estructurar las mejores estrategias de cumplimiento y mitigación de riesgos.