El primer semestre del año trae consigo una serie de obligaciones que todas las sociedades en Colombia deben cumplir para asegurar su correcto desarrollo del objeto social y evitar posibles sanciones. A continuación, les presentamos algunas de estas responsabilidades:
- Celebración de la Asamblea Ordinaria de Accionistas o Junta de Socios.
A realizarse antes del 31 de marzo, con el fin entre otros de aprobar los estados financieros del año inmediatamente anterior, definir distribución de utilidades.
- Renovación de la Matrícula Mercantil
Obligación para sociedades y establecimientos de comercio ante Cámara de Comercio antes del 31 de marzo de cada año.
- Nombramiento de Revisor Fiscal
Las empresas que al 31 de diciembre del año anterior tengan activos brutos iguales o superiores a 5.000 smlmv, o ingresos brutos iguales o superiores a 3.000 smlmv, están obligadas a nombrar un revisor fiscal. Las sociedades anónimas deben contar con este cargo por mandato legal.
- Implementación del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SAGRILAFT)
Las sociedades supervisadas por la Superintendencia de Sociedades que posean ingresos totales o activos iguales o superiores a 40.000 smlmv, así como aquellas en sectores específicos, deben implementar el Sistema antes del 31 de mayo.
- Registro de Bases de Datos ante el RNBD
Las sociedades con activos superiores a 100.000 Unidades de Valor Tributario (UVT) que manejen datos personales deben registrar sus bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD) antes del 31 de marzo.
- Envío de Información a la Superintendencia de Sociedades
Las sociedades bajo vigilancia o control de la Superintendencia de Sociedades deben remitir, en las fechas establecidas, los estados financieros de propósito general, estados financieros consolidados (si aplica), el Informe 42 sobre prácticas empresariales, el Informe 75 relacionado con SAGRILAFT y PTEE (si están obligadas) y el Informe 58 de oficiales de cumplimiento.
- Renovación del Registro Único de Proponentes (RUP)
Las sociedades inscritas en el RUP deben renovar su inscripción ante la Cámara de Comercio de su domicilio a más tardar el quinto día hábil de abril. Es necesario que los estados financieros del año anterior hayan sido aprobados y que la matrícula mercantil esté renovada.
En todo caso es necesario validar conforme sector o industria cumplimientos específicos.
De acuerdo con lo estipulado en la ley y que en caso de querer más información, diríjase a https://aquia.co/2025/02/13/evite-sanciones-asegure-el-cumplimiento-normativo-en-proteccion-de-datos-personales/