El Decreto 119 de 2025 establece medidas excepcionales de protección laboral en la región afectada por el estado de conmoción interior en el Catatumbo y áreas circundantes, como el área metropolitana de Cúcuta y algunos municipios del Cesar. En este contexto, los empleadores deben habilitar el trabajo en casa para los trabajadores cuyas funciones lo permitan, como medida para garantizar su seguridad y la continuidad de las actividades económicas esenciales. Sin embargo, se exceptúan aquellos trabajadores cuya presencia física sea indispensable, como en actividades de seguridad o servicios básicos. Además, los trabajadores que ya estén bajo las modalidades de teletrabajo o trabajo remoto siguen las disposiciones específicas de la Ley 1221 de 2008 y la Ley 2121 de 2021.

El decreto también modifica temporalmente el uso del auxilio de transporte, destinándolo como auxilio de conectividad digital para los trabajadores que, debido al estado de conmoción interior, trabajen desde su hogar. Esta medida aplica solo a los empleados que devengan hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, y no será acumulable con el auxilio de transporte. Las medidas son transitorias, vigentes solo mientras dure el estado de conmoción interior, y tienen como objetivo proteger los derechos laborales y garantizar el bienestar de los trabajadores en una situación de crisis, adaptando el entorno laboral a las circunstancias excepcionales.

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