Ministerio de Hacienda realizó ajustes en la reglamentación tributaria aplicable a las personas naturales
Teniendo en cuenta las modificaciones realizadas por la Ley 2277 de 2022, el Gobierno nacional expidió el Decreto 2231 de 2023, mediante el cual sustituyó la reglamentación de los artículos 206, 331, 336 y 383 del Estatuto Tributario, los cuales se refieren, a la determinación del impuesto sobre la renta para personas naturales residentes en Colombia; inclusive, a la retención en la fuente por rentas de trabajo.
En general, la reglamentación armoniza con los cambios realizados por la Ley 2277 de 2022; particularmente, sobre la deducción por dependientes, depuración de la base del cálculo de la retención en la fuente, limitación de las rentas exentas y deducciones.
De manera especial, se establece que “Para todos los fines previstos, las rentas exentas y deducciones no pueden superar los límites particulares que establezca cada uno de esos beneficios fiscales, ni el límite del cuarenta por ciento (40%) y el valor absoluto de mil trescientas cuarenta (1.340) Unidades de Valor Tributario -UVT anuales.” (DUR 1625 de 2016, art. 1.2.4.1.6., par. 3°).
Si bien los límites anteriores no aplican para algunas rentas exentas específicas, el cambio presentado en este caso consistió en disminuir esta exención, pasando de 5.040 UVT ($237.208.000 – UVT 2024) a 1.340 UVT ($63.067.000 – UVT 2024).
La importante reducción en el beneficio se reflejará próximamente con la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta para las personas naturales.