El conflicto de ChatGPT respecto a la recopilación de datos personales

La necesidad inminente de una regulación por parte de los países usuarios:

El uso de inteligencia artificial ha sido una herramienta que, sin lugar a duda, ha tomado prevalencia en las relaciones del ser humano. Principalmente, en materia de innovación e investigación, pues son innegables las facilidades que ha proveído la mencionada herramienta en ambos campos y es innegable las facilidades de acceso a información que hoy día se maneja.

La herramienta de ChatGPT constituye una facilidad dentro del mundo de la investigación y del acceso a información, la cual en los últimos meses ha tenido mayor auge y acceso diariamente de miles de usuarios. Y es precisamente lo anterior, lo que ha generado que al interior de los gobiernos de algunos países ya se esté validando su uso, manejo y restricciones en dicha aplicación, relacionándolo directamente con la protección de otros derechos o regulaciones internas.

Dadas las facilidades que ofrece, en muchas ocasiones los usuarios parecen ignorar las implicaciones que el uso de esta herramienta puede tener en cuanto a la recopilación de datos personales.

La recopilación de datos personales ha sido un tema altamente regulado en materia nacional e internacional; distintos países alrededor del mundo han destinado incluso acápites enteros de sus legislaciones al desarrollo de la materia, puesto que actualmente es de suma facilidad el acceso a datos personales de los consumidores.

Efectivamente, al momento de navegar en internet estamos, como consumidores, sometiéndonos a una intromisión en nuestra esfera personal por los algoritmos detrás de cada servidor. En la mayoría de los casos desconocemos el alcance en la recopilación de nuestros datos personales a través de estas plataformas.

Obsérvese como en Italia, por ejemplo, hace un poco más de un mes el debate en relación con este asunto, generó que se optara por la “… Prohibición de esta herramienta dentro de su territorio”.

Y a nivel nacional, la Superintendencia de industria y comercio, a mediados de mayo de 2023, indicó mediante comunicado general que “en su rol de autoridad nacional de Protección de Datos Personales, por iniciativa propia inició una investigación con el propósito de establecer si la aplicación “ChatGPT”, propiedad de la compañía OpenAl OpCo, LLC cumple con la regulación colombiana respecto de la protección de datos personales, la cual se encuentra establecida en la Ley Estatutaria 1581 de 2012”.

Podría resultar cuestionable el prohibir de manera absoluta e inminente el uso de una herramienta que, dentro de sus finalidades, está el proveer un servicio de investigación y de optimización, como lo hizo Italia, pero lo cierto es que los gobiernos en ejercicio de sus funciones a través de las entidades que deben promover y garantizar el derecho fundamental a la protección de datos personales.

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