Oficio 220-217383 del 04 de octubre de 2022. Asunto: “Indicadores de deterioro patrimonial y riesgo de Insolvencia”.
El artículo 4 de la Ley 2069 de 2020, establece “la hipótesis del negocio en marcha”, como aquella capacidad con la que cuenta una empresa para seguir ejerciendo su objeto social, visto desde del panorama financiero de la empresa, y cuando esta circunstancia no se cumple, se configura una de las causales de disolución.
Es responsabilidad de los administradores de la sociedad determinar la viabilidad de una sociedad, y para cumplir con este deber, los administradores deben realizar evaluaciones y seguimientos periódicos a los Estados Financieros desde el análisis contable de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF); para que puedan reunir al máximo órgano de la sociedad y alertarlo de hechos que afecten la capacidad económica de la empresa y por ende su continuidad en el tiempo.
El incumplimiento de este deber puede tener grandes consecuencias para los administradores, ya que en caso de no alertar al máximo órgano de la sociedad del incumplimiento de “la hipótesis de negocio en marcha”, y por ende no tomar medidas pertinentes a tiempo para corregir la situación, los administradores comprometen su responsabilidad frente a terceros, la sociedad y los accionistas de las afectaciones que se causen en virtud del detrimento patrimonial o el riesgo de insolvencia.
Es por ello que existen algunos indicadores económicos que ayudan y permiten a los administradores detectar un posible detrimento patrimonial o el riesgo de insolvencia, como, por ejemplo:
- Posición patrimonial negativa: Esto quiere decir que cuando una empresa registre en sus Estados Financieros un Patrimonio que se encuentre por debajo de cero, es decir que sea negativo, es un indicador que refleja un estado de deterioro patrimonial en la sociedad.
- Dos periodos consecutivos de cierre con utilidad negativa en el resultado del ejercicio: Lo anterior quiere decir que, si la sociedad en sus dos últimos ejercicios contables presenta una utilidad por debajo de cero, es decir, presenta perdidas, se encontrará incursa en una circunstancia de detrimento patrimonial.
- Dos periodos consecutivos de cierre con razón corriente inferior a 1 o 0: Esto hace referencia a que cuando en los dos últimos ejercicios contables una sociedad tiene un activo o pasivo corriente menor a 1 o 0, se encuentra en una circunstancia que lo pone en riesgo de insolvencia.
- Los anteriores son indicadores que permiten en algunas compañías medir “la hipótesis del negocio en marcha”, y, deben ser aplicados siempre que sea posible, con la finalidad de determinar la viabilidad de la compañía y tomar medidas correctivas en caso de que la empresa no pueda continuar con “la hipótesis del negocio en marcha”, medidas que pueden ser Re-organizativas o de liquidación.
Anexo o fuente: Superintendencia de Sociedades. OFICIO 220-217383 DEL 04 DE OCTUBRE DE 2022. ASUNTO:” INDICADORES DE DETERIORO PATRIMONIAL Y RIESGO DE INSOLVENCIA..” Disponible en: Clic aquí
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