Conozca cuando procede el derecho de retiro del accionista en una transformación, fusión o escisión de una sociedad.
Oficio 220- 207779 del 16 de septiembre de 2022. Superintendencia de Sociedades.
La Superintendencia de Sociedades mediante Oficio 220- 207779 del 16 de septiembre de 2022, precisó que, de acuerdo con lo normado por el artículo 12 de la Ley 222 de 1995, el derecho de retiro de los accionistas en casos de transformación, fusión y escisión de sociedades, procede cuando la transformación, fusión o escisión impongan a los accionistas una mayor responsabilidad o impliquen una desmejora de sus derechos patrimoniales, los accionistas ausentes o disidentes tendrán derecho a retirarse de la sociedad. En las sociedades por acciones también procederá el ejercicio de este derecho en los casos de cancelación voluntaria de la inscripción en el Registro Nacional de Valores o en bolsa de valores.
La desmejora en los derechos patrimoniales comprende los siguientes casos:
1- Cuando se disminuya el porcentaje de participación del accionista en el capital de la sociedad.
2- Cuando se disminuya el valor patrimonial de la acción, cuota o parte de interés o se reduzca el valor nominal de la acción o cuota, siempre que en este caso se produzca una disminución de capital.
3- Cuando se limite o disminuya la negociabilidad de la acción.
Indica la Superintendencia que en algunas ocasiones, cuando no resulte evidente la condición de desmejora de los derechos de los accionistas, estos podrán recurrir a cualquier medio probatorio que les permita sustentar la procedencia del ejercicio de su derecho de retiro. De presentarse discrepancias entre el asociado y la compañía relacionadas con la procedencia del derecho de retiro, podrán acudir ante la Superintendencia de sociedades con el fin de dirimirlas. En este evento, corresponderá al asociado la carga de probar que el proceso de reestructuración le significa una mayor responsabilidad o una desmejora de sus derechos patrimoniales, tal como se indica en el Subnumeral 6.17.6 del Numeral 6.17 del Título IV (Derecho de Retiro) Capítulo VI (Autorización de Reformas Estatutarias – Fusiones y Escisiones), de la Circular Básica Jurídica 100-000008 del 12 de julio de 2022.
Anexo: Oficio 220- 207779 del 16 de septiembre de 2022, Superintendencia de Sociedades. Disponible en: Clic Aquí
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