No procede el impuesto a los dividendos sobre pagos en acciones o capitalización de utilidades del art. 36-3 del Estatuto Tributario.

El Consejo Estado en sentencia del 14 de julio de 2022, M.P. Milton Chaves García, declaró la nulidad a interpretación de la DIAN que consideraba la aplicación del impuesto a los dividendos sobre los pagos realizados en acciones. La Corporación aclaró que los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional originados en la distribución de acciones o cuotas de interés social no se afecta con el impuesto a los dividendos. La autoridad judicial, concluyó que “En todo caso, la única distribución de utilidades en acciones que es no gravada es la de revalorización del patrimonio, pues el resto de las utilidades que sean distribuidas en acciones o capitalizadas si se encuentran sujetas a las reglas de los artículos 48 y 49 del ET y, por ende, a las tarifas especiales.” (Consejo de Estado, Sent. 25031, 14 Julio, 2022).

Anexo: Consejo de Estado, Sent. 25031, 14 Julio, 2022. Disponible en: Clic aquí

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