Conozca el régimen legal aplicable a las SUBASTAS POR INTERNET
En el marco del reciente concepto emitido por la Superintendencia de Industria y Comercio, el aumento vertiginoso de las ventas de productos por internet y en términos generales del auge del comercio electrónico en esta ocasión nos permitimos aclarar los siguientes aspectos:
- En el capítulo VI del estatuto del consumidor vigente se prevé la protección al consumidor electrónico, en ese sentido, los proveedores deberán:
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- Informar de manera suficiente y clara su identidad.
- Comunicar los aspectos característicos de los productos que ofrecen (tamaño, peso, medidas, material, naturaleza de origen, fabricación, forma de uso, etc.)
- Indicar el plazo de validez de la oferta y la disponibilidad del producto.
- Establecer los medios que disponen para realizar los pagos, el tiempo de entrega del bien o la prestación del servicio, el derecho de retracto que le asiste al consumidor, etc.
- Pese a la normatividad vigente, por ahora no contamos con regulación puntual que establezca los criterios para la protección de los derechos del consumidor frente a subastas por internet, por lo que a hoy en cualquier tipo de operaciones de comercio deberá prevalecer la observancia de los principios (calidad, idoneidad del producto, publicidad, etc.) y la efectividad de los derechos consagrados en el estatuto del consumidor (Ley 1480 de 2011).
Anexo: Superintendencia de Industria y Comercio. 2021. Concepto 21124941. 7 de Mayo de 2021. Disponible en: https://bit.ly/3eoPkbk
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