¿Conoce la resolución 754 de 2021? Por medio de esta resolución se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la licencia de SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
La resolución 754 de 2021 establece que si el solicitante es persona natural deberá acreditar el titulo académico técnico, tecnólogo o profesional en el área de seguridad. Si es persona jurídica deberá acreditar la capacidad técnico administrativa, su capacidad patrimonial y financiera y su capacidad tecnológica y científica.
“Artículo 5º Vigencia de la licencia de Seguridad y salud en el trabajo por 10 años y podrán ser renovadas por un termino igual, siempre y cuando el titular cumpla con los requisitos dispuestos por la normatividad vigente.
Artículo 8º. Las certificaciones que sean expedidas deberán estar enumeradas así: código del departamento, numero de la resolución de la licencia, año de expedición de la licencia y numero consecutivo del cambio aprobado. Por cada nivel académico se expedirá una licencia si se acredita los requisitos para cada nivel.
Artículo 9º El tramite se realizará por la pagina mi seguridad social a través del enlace: https://miseguridadsocial.gov.co en donde se deberá anexar en formato PDF toda la documentación requerida y la entidad tendrá un termino de radicación de 45 días hábiles para así expedir la licencia.”
Anexo: Ministerio de salud y protección social. Resolución 754 de 2021 del 31 de Mayo de 2021. 1-07-2021. Disponible en: https://bit.ly/3qFvmxI
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