Requisitos mínimos a tener en cuenta para designar Oficial de Cumplimiento SAGRILAFT.

SuperSociedades: Oficio 220-049838 del 23 de abril de 2021.

Requisitos mínimos para tener en cuenta al designar Oficial de Cumplimiento dentro de una organización con el fin de prevenir y mitigar el riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo:

Las personas naturales designadas como Oficial de Cumplimiento deben cumplir los siguientes lineamientos:

  1. Gozar de la capacidad de tomar decisiones para gestionar el Riesgo LA/FT/FPADM y tener comunicación directa con la Junta Directiva y depender directamente de ella, o el máximo órgano social en caso de que no exista junta directiva.
  2. Contar con conocimientos suficientes en materia de administración de riesgos y entender el giro ordinario de las actividades de la Empresa.
  3. Contar con el apoyo de un equipo de trabajo humano y técnico, de acuerdo con el Riesgo LA/FT/FPADM y el tamaño de la Empresa Obligada.
  4. No pertenecer a la administración o a los órganos sociales, a la revisoría fiscal (fungir como revisor fiscal o estar vinculado a la empresa de revisoría fiscal que ejerce esta función, si es el caso), o fungir como auditor interno, o quien ejecute funciones similares o haga sus veces en la Empresa Obligada.
  5. No fungir como Oficial de Cumplimiento en más de diez (10) Empresas Obligadas. Para fungir como Oficial de Cumplimiento de más de una Empresa Obligada, el Oficial de Cumplimiento deberá certificar y el órgano que designe al Oficial de Cumplimiento deberá verificar, que el Oficial no actúa como tal en Empresas que compiten entre sí.
  6. Cuando el Oficial de Cumplimiento no se encuentre vinculado laboralmente a la Empresa Obligada, esta persona natural y la persona jurídica a la que esté vinculado, si es el caso, deberán demostrar que en sus actividades profesionales cumplen con las medidas mínimas establecidas en la sección 5.3.1 del Capítulo X de la circular Básica Jurídica (Debida Diligencia).
  7. Cuando exista un grupo empresarial o una situación de control declarada, el Oficial de Cumplimiento de la matriz o controlante podrá ser la misma persona para todas las Empresas que conforman el grupo o conglomerado, independientemente del número de Empresas que lo conformen.
  8. Estar domiciliado en Colombia.

Anexo: Concepto de Administrador – Capítulo X, Circular Básica Jurídica, Superintendencia de Sociedades. Abril de 2021. Disponible en: https://bit.ly/3yqt1u4

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