El Ministerio del Trabajo emite el concepto 40891 sobre el auxilio de conectividad digital para aprendices que se encuentren laborando en la modalidad de Trabajo en Casa, durante la emergencia económica y realiza los siguientes pronunciamientos:

  • El Contrato de Aprendizaje no es un contrato laboral, sino una forma de trabajo. 
  • Cuando se trata de etapa productiva del Contrato de Aprendizaje, es a la empresa o entidad patrocinadora a la que le corresponde el pago del apoyo de sostenimiento en atención a lo mencionado en la Ley 789 de 2002. 
  • Durante la fase práctica el aprendiz estará afiliado en riesgos profesionales por la ARP que cubre la empresa. 
  • En materia de salud, durante las fases lectiva y práctica, el aprendiz estará cubierto por el Sistema de Seguridad Social en Salud, conforme al régimen de trabajadores independientes, y pagado plenamente por la empresa patrocinadora. 

Con el fin de proteger el empleo Mediante la Circular 1 – 2020 dirigida a servidores públicos, contratistas y aprendices del Sena, da alcance a la Circular No. 01-3-2020-000049 del 11 de marzo de 2020 en los siguientes términos: 

  • Numeral 15: “Aprendices en Etapa Productiva. Los aprendices que se encuentren en ejecución de su etapa productiva bajo la alternativa de contrato de aprendizaje, se acogerán a los lineamientos, parámetros y protocolos definidos por la empresa patrocinadorasi la empresa opta por permitir la continuidad de la ejecución de su etapa productiva a través del uso de herramientas o plataformas tecnológicas digitales, se deberá establecer un plan de trabajo y seguimiento a las actividades del aprendiz por el periodo de la contingencia, comunicándolo por escrito al respectivo Centro de Formación.” “(resaltado fuera de texto)”.

En virtud de lo anterior la empresa patrocinadora que cancelaba al aprendiz el auxilio de transporte, como parte de su apoyo económico durante la etapa productiva realizando la actividad presencial, en aplicación de la analogía, podría cancelar el auxilio de conectividad digital, desarrollando la actividad bajo la modalidad de Trabajo en Casa.

Anexo N°1: Concepto 40891 del 25 de enero de 2021 – Ministerio del Trabajo. Disponible en: https://bit.ly/34glDnd

Anexo N°2: Concepto 40891 del 25 de enero – Radicado 02EE2020410600000040891. Disponible aquí: https://bit.ly/3wAnS14

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