El 1 de marzo vence plazo para reportar las ventas en el día sin IVA del pasado 21 de noviembre de 2020
Recuerde que los responsables de IVA, que realizaron ventas exentas el 21 de noviembre de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1474 de 19 noviembre de 2020, deberán cumplir con la obligación de informar las ventas realizadas según lo dispuesto en la resolución 000106 del 27 de noviembre de 2020, modificado por la resolución 000116 del 24 de diciembre de 2020, a más tardar el próximo 1 de marzo de 2021.
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