El título valor que justifica a la factura con tal naturaleza se trae a colación en el artículo 619 de Código de Comercio, en el cual se señala que “son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora”, lo que implica que la factura deja de ser un simple documento que registra operaciones comerciales para convertirse en un instrumento de legitimación en el ejercicio del derecho que en el documento se incorpora.
La factura electrónica pasa a ser un título complejo, puesto que no solamente se debe soportar la prestación del servicio, sino también acreditar el envío y la aceptación por el cliente. En virtud de lo anterior surge una problemática si la factura continúa teniendo tal validez jurídica, toda vez que el sistema de registro RADIAN que garantiza la seguridad y seguimiento del título desde el momento de envío de la factura hasta su aceptación aún no se encuentra en funcionamiento.
Conforme a lo anterior, se recomienda asesorarse legalmente, con el fin de tener claridad de la información y evitar el riesgo de que sus facturas dejen de ser realmente títulos valores ejecutables.
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