El año 2021 inició con nuevas restricciones a la movilidad que probablemente afectarán en gran medida el desarrollo de varios proyectos, personales y económicos, a corto plazo. Así, para que no se lleve una sorpresa y evitar emprender actividades que podrían ocasionarle una sanción, a continuación, hacemos extensivas las últimas medidas adoptadas por el Gobierno Nacional al respecto.
- Todas las personas que permanezcan en el territorio nacional deben cumplir con los protocolos de bioseguridad y las medidas de aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable.
- En los municipios donde se presente una alta tasa de casos confirmados de Covid-19, los alcaldes están facultados para restringir el desarrollo de actividades comerciales, áreas y zonas que consideren necesarias, siempre que cuenten con la autorización del Ministerio del Interior y concepto previo del Ministerio de Salud y Protección Social.
- Continúan vigentes las medidas de teletrabajo y trabajo en casa, las cuáles, empleadores y contratistas deberán practicar por excelencia.
- Los niveles de ocupación de UCI y la variación negativa en el comportamiento de la pandemia son los dos criterios principales para determinar cuales actividades se permiten desarrollar en determinado municipio.
- En los casos en que se implemente la medida de pico y cédula, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 4 del Decreto Nacional, los hoteles, establecimientos de la industria gastronómica y parques no serán incluidos.
- En los municipios de baja o moderada afectación del Covid-19 no se podrán realizar aislamientos selectivos de actividades, áreas, o zonas. Para ello la ocupación de UCI debe ser igual o inferior al 50%.
- Queda prohibido a nivel nacional la habilitación y funcionamiento de discotecas y lugares de baile, eventos que impliquen aglomeración de personas y el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos.
- Ante la violación de estas medidas las autoridades podrán imponer a los infractores multas e iniciar investigaciones sancionatorias de tipo penal.
Tenga en cuenta que las medidas mencionadas estarán a partir de las 00:00 horas del día 16 de enero de 2021 y estarán vigentes hasta el día 1 de marzo de 2021.
Anexo: Ministerio del Interior. 2021. Decreto Numero 039 de fecha 14 de enero de 2021. Disponible en: https://bit.ly/3yGPofb
Deja tu comentario